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Colombia
Juez niega tutela de Iván Cepeda por cambios en las 20 Emisoras de Paz
La decisión judicial establece que no se probó que las emisoras hayan sido cerradas ni que exista actualmente una vulneración de los derechos a la expresión, información y paz.
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Colprensa
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Sábado, 5 de Septiembre de 2026

El Juzgado 32 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negó la tutela presentada por el senador Iván Cepeda, junto con representantes de la Asociación del Catatumbo (Ascamcat) y la Corporación Étnica Ambiental del Pacífico Sostenible (Capacs), por los cambios en la programación de las 20 Emisoras de Paz.

La acción judicial cuestionaba la suspensión, desde el pasado 18 de agosto, de los espacios locales, noticiosos y de opinión de estas emisoras. Los accionantes argumentaron que la medida podía afectar los derechos fundamentales a la libertad de expresión, a la información y a la paz.

Durante el proceso, se planteó que la modificación de la parrilla podía significar una afectación a la función que cumplen estas emisoras en los territorios.

Sin embargo, Inravisión sostuvo que las estaciones no fueron cerradas ni dejaron de operar. Según los argumentos presentados ante el juzgado, las 20 emisoras continuaron transmitiendo durante las 24 horas y lo que se implementó fue un esquema transitorio de reorganización de contenidos.


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Tras revisar las pruebas, el despacho concluyó que no existió una decisión administrativa para clausurar, eliminar o suspender definitivamente las Emisoras de Paz, ni tampoco para cancelar sus frecuencias o terminar su operación.

Por esta razón, el juzgado consideró que los accionantes no demostraron una vulneración actual de los derechos invocados ni la existencia de un perjuicio irremediable que justificara conceder la tutela.

La sentencia también diferenció entre una modificación temporal de la programación y el cierre definitivo de las emisoras. Además, tuvo en cuenta que la señal permaneció al aire y que el cambio se aplicó de manera general a la red de 20 estaciones, sin que se acreditara que estuviera dirigido contra un programa, contenido o persona específica.

Con base en estos elementos, el despacho descartó que se hubiera configurado un escenario de censura.

¿Qué pasará con la programación local?

Aunque la tutela fue negada, el fallo dejó una recomendación para Inravisión. El juzgado exhortó a la entidad a definir y publicar un cronograma para la reactivación de los espacios informativos de las Emisoras de Paz.

La decisión también reconoció el papel que estas estaciones tienen dentro del Acuerdo Final, particularmente como herramientas para la pedagogía, la reconciliación y la construcción de paz en zonas afectadas por el conflicto armado.


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No obstante, el juzgado consideró que el cambio temporal de programación, por sí solo, no demostraba una afectación real y actual del derecho a la paz, especialmente porque las frecuencias, la infraestructura y los contratos continuaban vigentes.

A manera de respuesta, el senador Iván Cepeda anunció que impugnará la decisión judicial, luego de conocer el fallo que negó la acción de tutela presentada para proteger la programación de las Emisoras de Paz.

A manera de respuesta, el senador Iván Cepeda anunció que impugnará la decisión judicial, luego de conocer el fallo que negó la acción de tutela presentada para proteger la programación de las Emisoras de Paz.

Tomado de El Colombiano.


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